Desde el Bloque
de Concejales del FPV-PJ se presentó un Proyecto de Ordenanza para crear un
“Fondo Municipal para Situaciones de Salud Oncológica Grave” abarcando casos
con o sin obra social que no se hagan cargo de la medicación tratamiento.
Teniendo en
cuenta que la salud no debe ser nunca considerada un privilegio sino un derecho
básico de todas y todos los ciudadanos, debe ser garantizada y que la mejora en
los sistemas de salud significa una mejora de las condiciones de vida.
Además que
durante el año han surgido casos graves en nuestros pueblos de Villarino, donde
las comunidades se pusieron en acción mediante campañas, bonos contribuciones
que mas allá de ser loables y respetables estos gestos por parte de los
ciudadanos es necesario crear una política de estado donde aquel esté presente
cubriendo las necesidades en situaciones vulnerables.
Por ello se desea
crear este Fondo para identificar el caso, su necesidad, priorizar aquellos
casos vulnerables (sin obra social), trabajar en conjunto Estado-sociedad para
optimizar recursos; y asistir legalmente desde el Municipio a aquellos casos de
litigio con obras sociales.
Pedro Luro, 01 de noviembre de 2017
Al Presidente del
HCD de Villarino
Don Orestes
Villalba
S/D
Nos es grato
dirigirnos a Ud. y por su intermedio al cuerpo que preside a fin de elevar el
siguiente:
PROYECTO DE
ORDENANZA
VISTO;
Que la salud es
un valor altamente apreciado por cada individuo y por la sociedad en su
conjunto.
Que en Villarino
no todos los vecinos cuentan con los recursos necesarios para poder llevar a
cabo un correcto desarrollo integral de la misma, especialmente aquellos
pacientes oncológicos, con tratamientos prolongados y de altos costo, imposible
de sobrellevar para aquellos en condiciones de vulnerabilidad y riesgo social.
Que aquellos que
acuden a la comunidad cercana, que si bien de esta manera se fortalece el
capital social de la comunidad mediante la promoción de acciones de
cooperación, solidaridad, responsabilidad compartida y asociación para lograr propósitos
de bien común; la salud en pacientes
oncológicos sin obra social y con tratamientos costosos, no estaría garantizado un derecho como es el de
la salud.
CONSIDERANDO;
Que gozar de una
buena salud, es una situación indispensable para desarrollar las
potencialidades de cada ser humano y poder vivir con más dignidad,
incrementando sustancialmente sus capacidades y actividades.
Que la salud,
nunca puede ser un privilegio, sino un derecho básico de todas y todos los
ciudadanos.
Que en un Estado Democrático,
donde se permite el pleno juego de las Instituciones Constitucionales, es
imposible no tener en cuenta a la salud como una materia principal de la
política social.
Que la salud, es
un valor social que debe estar garantizado y no librado a la suerte de las
leyes del mercado.
Que siempre una
mejora en los Sistemas de Salud, significa un paso más hacia el bienestar de la
sociedad y la mejora de las condiciones de vida.
Que durante el
año y en todas las gestiones, han surgidos casos graves de salud, especialmente
oncológicas en nuestros pueblos de Villarino, donde las comunidades se ponen en
acción. Se organizan campañas, se realizan bonos contribuciones, entre otras
actividades.
Que son muy
respetables y loables estos gestos por parte de nuestros ciudadanos, pero
creemos y debemos crear una norma, una política de estado que trascienda más
allá del gobierno en gestión y encuadre la necesidad de los vecinos.
Que además de las
circunstancias de la familia de estar pasando
por una enfermedad terminal, es traumático tener que recibir
beneficencia lo que tendría que ser un derecho y no siempre los pacientes
oncológicos y/o sus familiares o allegados saben administrar los recursos
recibidos de las colectas, ante tantas necesidades.
Que el estado, debe
estar presente cubriendo las necesidades especialmente en casos graves y
traumático de salud en situaciones de vulnerabilidad.
Que las familias
en esta situación, necesitan el acompañamiento
del gobierno en gestión, para
asistirlos en alimentos, transporte, medicación, ya que cambia la economía de
todo su contexto.
Que es necesario
implementar un mecanismo que faculte al Municipio, junto a las organizaciones de la sociedad
civil a consensuar y ejecutar acciones y actividades que orienten, de manera
complementaria, la inversión de los fondos generados por el Programa SUMAR.
Por lo cual surge
la imperiosa necesidad del siguiente
Proyecto de
Ordenanza
Art. 1: Crease un
“Fondo Municipal para Situaciones de Salud Oncológica Grave”, abarcando las contextos
con obra social o sin ella que no se hagan cargo de medicación tratamiento.
Art.2: que el
Fondo Municipal trabajará de la siguiente manera:
a) Una vez
detectado el caso, realizar a la brevedad informes sociales, para identificar
la necesidad y actuar según la misma.
b) Que se
prioricen primeramente las situaciones de vulnerabilidad, sin obra social. Pero
también habiendo atención suficiente sobre las personas con obra social, que no
cuenten con los recursos suficientes y se les niegue la medicación.
c) Que el Fondo Municipal contemple la valorización
de las comunidades organizadas para la microgestión de recursos de salud,
delimitando las facultades de cada uno, y trabajando a la par, ya que la
participación ciudadana potencia cualquier gestión de gobierno porque permite,
entre otras cosas, consensuar los intereses de acuerdo con las necesidades
locales priorizadas, complementar y optimizar los recursos, mediante la
democratización de la relación estado-sociedad y la construcción de la ciudadanía.
Y de esta manera los ciudadanos que participan, se inmiscuyen
en el proceso de conocimiento de las realidades locales pudiendo, si así lo
desean, diseñar e implementar acciones
prioritarias junto a la evaluación de las mismas.
d) Que en los
casos de litigio con las obras sociales, los damnificados puedan contar con la
asistencia legal del Municipio.
Art.3: Que el
“Fondo Municipal para Situaciones de Salud Oncológica Grave” quedará
constituido por el valor de 40 salarios mínimos vitales y móviles debiendo
incluirse en el Presupuesto del área de Salud.
Art.4: De forma.