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viernes, 21 de octubre de 2016

PROMUEVE PROMENZIO PEDIR LA UNIFICACIÓN DE LAS BASES PARA ACCEDER A LA TARIFA SOCIAL DE ABSA

Lo hace a través de un proyecto de resolución presentado ante el HCD.  
 
Omar Promenzio, concejal de AxV
El edil Omar Promenzio, de la bancada de Acción por Villarino, presentó, este viernes (21) un proyecto de resolución ante el cuerpo parlamentario del que forma parte.
Promueve, según su iniciativa, requerir de la gobernadora de la provincia (y de los organismos pertinentes) la unificación de criterios de acceso a la tarifa de interés social de ABSA.

LA PRESENTACIÓN

Médanos, 21 de octubre de 2016.

Al Sr. Presidente HCD Villarino
Dr. Luciano Peretto Ithurralde
S/D

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a usted, en representación del bloque Acción por Villarino, a los efectos de elevar para consideración del cuerpo que usted preside el siguiente proyecto de resolución:

“Solicitar a la gobernadora de Buenos Aires; al ministro de Infraestructura y al presidente de la Empresa ABSA la unificación de criterios de acceso a la tarifa de interés social de ABSA y el aumento del techo de nivel de ingresos exigidos a grupos familiares, como así también el entrecruzamiento de datos entre los organismos”.

VISTO,

La necesidad de  flexibilizar y facilitar los trámites de acceso a la tarifa de interés social correspondiente a la prestación brindada por la empresa Aguas Bonaerenses S.A (ABSA S.A).

Y CONSIDERANDO,

Que recientemente el Ministerio de Energía de la Nación anunció la ampliación del acceso de la tarifa social correspondiente a la prestación de luz y gas fijando el techo de ingreso familiar de los solicitantes en una remuneración mensual bruta por un total menor o igual a dos salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM): 15.120 pesos según resolución 2/2016 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a partir de septiembre 2016; también se modificó el requisito dado por la antigüedad del automóvil familiar pasando de requerir como condición el poseer un móvil de una antigüedad de quince años a uno de diez.

Que por su parte la empresa ABSA fija un tope de ingreso del grupo familiar que no debe superar al monto equivalente a dos jubilaciones mínimas vigentes (de Anses) cifra considerablemente menor que la expresada en el considerando precedente.

Que independiente de lo anteriormente señalado, se destaca también la carga burocrática del trámite a nivel provincial, careciendo de un sistema de formularios on-line que permitan realizar la solicitud sin la correspondiente diligencia presencial en la sede comercial de la empresa.
                  
Que tampoco existe un sistema de entrecruzamiento de datos automáticos entre ABSA y ANSES dado que se solicita a los particulares la presentación de la certificación negativa del grupo familiar declarado, que es el comprobante que acredita que no registra aportes como trabajador bajo relación de dependencia, entre otras verificaciones.

Que todas las circunstancias anteriormente señaladas implican gestiones que los usuarios deberán realizar invirtiendo en traslados y tiempo, que no se observan en los tramites federales de acceso a las tarifas sociales de otros servicios en donde el beneficio incluso se brinda de forma automática por el entrecruzamiento de datos entre los entes de control y las bases de datos de los organismos de previsión social.

Que el portal web de la Casa Rosada informa, por ejemplo, que en cuanto al acceso a la tarifa social eléctrica, las empleadas de servicio doméstico son unos de los grupos que expresamente tienen tal beneficio, situación que no se repite en los beneficiarios de la TIS que informa ABSA.

Que el artículo 55° del decreto provincial 878-03, “marco regulatorio para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales en la provincia de Buenos Aires.”,  –y modificatorias- dispone que  el régimen tarifario del servicio, deberá prever que las entidades prestadoras apliquen una tarifa de interés social a aquellos usuarios residenciales con escasos recursos económicos, siendo el Poder Ejecutivo quien determinará los usuarios que serán beneficiarios en forma parcial o total, incluyéndolos en un listado que elevará al OCABA.

Que la presente solicita al gobierno provincial que unifique los criterios de acceso a la tarifa social de ABSA –tanto en los aspectos técnicos como en los requisitos exigidos a los usuarios- con los parámetros establecidos por el gobierno nacional en la resolución 7-2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y sus modificaciones, aumentando el techo del nivel de ingresos exigido a los grupos familiares y disponiendo el entrecruzamiento de datos de los usuarios entre los organismos nacionales y provinciales para brindar el beneficio de forma automática para quienes encuadren en el mismo.

Es por ello que elevo para consideración de este Honorable Cuerpo el siguiente proyecto de resolución:

ARTÍCULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Villarino se dirige a la gobernadora de la provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal; al ministro de Infraestructura de la provincia de Buenos Aires, licenciado Edgardo Cenzon; y al presidente de la Empresa ABSA. SA, Rafael Sardella, a los efectos de solicitarles tengan a bien realizar las acciones que estimen pertinentes a los efectos de unificar los criterios de acceso a la tarifa social de ABSA –tanto en los aspectos técnicos como en los requisitos exigidos a los usuarios- con los mecanismos y condiciones establecidas por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, aumentando el techo del nivel de ingresos exigido a los grupos familiares y disponiendo el entrecruzamiento de datos de los usuarios entre los organismos nacionales y provinciales para brindar el beneficio de forma automática para quienes encuadren en el mismo.

ARTÍCULO 2º: Remítase copia de la presente a todos los Honorables Concejos Deliberantes de la Sexta Sección Electoral a los efectos de su toma en conocimiento y solicitud de adhesión a lo propuesto en el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 3º: De forma.