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jueves, 21 de enero de 2016

CAROLINA PELLJERO PIDE LA APLICACIÓN DE LA ORDENANZA 2744

Requiere se prevean recursos para la entrega de botones antipánico.  

Un proyecto de comunicación ha presentado, este miércoles (20), ante el Honorable Concejo Deliberante del distrito, la edil Carolina Pellejero, integrante de la bancada del Frente para la Victoria / Partido Justicialista.

La edil solicita la aplicación de la ordenanza 2744, sancionada el año pasado. Requiere, además, se prevean los recursos para la entrega de botones antipánico.

Este es el contenido de la iniciativa:

Villarino, 20 de enero de 2016.

Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Luciano Peretto Ithurralde


Por  la presente, elevo a usted el siguiente proyecto de comunicación:

Visto:

La promulgación de la ordenanza municipal número 2744, sobre la “protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”.

Y considerando:

Que la misma busca generar una herramienta de protección eficiente a las víctimas de violencia de género y sus familias como lo es la implementación del botón antipánico articulado con los sistemas actuales de seguridad gestionados por el Municipio de Villarino;

Que asimismo, en el artículo 3° de la mencionada ordenanza se plantea la creación en el distrito del Registro DAMA (Dispositivo de Alerta para Mujeres Agredidas) con el fin de relevar cualquier situación y/o relación intrafamiliar en la que se encuentre en riesgo la integridad física de la mujer y/o niños en peligro.

Que es urgente y necesario avanzar con la implementación de los dispositivos que la ordenanza mencionada plantea, para garantizar mayor seguridad a las víctimas de violencia de género y sus familias.

Por lo expuesto, se eleva el siguiente proyecto de comunicación:

Artículo 1°.- Solicitar al Departamento Ejecutivo la aplicación de la ordenanza municipal número 2744, a partir del presente ejercicio, y la articulación de las medidas correspondientes para la entrega de Botones Antipánico a las víctimas de violencia de género, cuyas causas judiciales requieran el uso del dispositivo en virtud del peligro para la mujer o algún integrante de la familia.

Artículo 2°.- Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Desarrollo Social y/o dependencia que designe, tal como lo establece el artículo 3° de la mencionada ordenanza, la creación del Registro DAMA.

Artículo 3°.- Solicitar al Departamento Ejecutivo que prevea los gastos que demande el cumplimiento de la ordenanza número 2744 en el proyecto de presupuesto para el año 2016 que el mismo envíe a este Honorable Concejo Deliberante.


Artículo 4°.- De forma.