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Daniela Lebed, edil de Acción por Villarino |
Daniela Lebed solicita informar a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) acerca de las faltas frecuentes en el servicio y requerir de ese ente una solución.
EL TEXTO
Médanos, 14 de junio de 2017.
Al Presidente HCD Villarino
Sr. Orestes Villalba
S/D.
De mi mayor consideración:
La abajo suscripta Daniela S. Lebed, concejal de
Acción por Villarino, tiene el agrado de dirigirse al señor presidente a los
fines de elevar para consideración de este Honorable Cuerpo Deliberante el
siguiente proyecto de resolución:
VISTO:
El asunto 11.418, respuesta de AMX Argentina SA (Claro)
al asunto 11.358, “proyecto de resolución
referente a solicitar a la empresa Claro información sobre la cobertura del
servicio en la localidad de Hilario Ascasubi”.
Y CONSIDERANDO:
Que en la respuesta brindada por la empresa con
firma de su apoderado Juan Pablo Tognetti, se niega la existencia de fallas en
la cobertura del servicio en el área de Hilario Ascasubi.
Que, asimismo, atento al reclamo efectuado por la
inadecuada atención a los reclamos, la empresa alegó que posee un excelente
servicio de atención telefónica para gestiones, reclamos y consultas.
Que, sin embargo, los vecinos de la localidad siguen
efectuando los reclamos correspondientes por fallas e interrupciones en la
cobertura y por la ineficiencia en la atención a los mismos por parte de la
empresa prestadora del servicio.
Que hoy en día, en la era de las comunicaciones, el
servicio de telefonía celular resulta indispensable para el desenvolvimiento de
las personas en la vida cotidiana.
Que la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) es
el órgano de contralor de las empresas que prestan servicios de telefonía.
Es por ello que elevo para consideración de este
Honorable Cuerpo el siguiente proyecto de resolución:
ARTÍCULO 1°: Infórmese a la Comisión Nacional de
Comunicaciones (CNC) acerca de las faltas frecuentes en el servicio brindado
por la empresa AMX ARGENTINA S.A. (CLARO) en la localidad de Hilario Ascasubi
partido de Villarino, remitiéndose copia del asunto número 11.358 (donde
constan las firmas y datos personales de algunos usuarios afectados), del
asunto número 11.418 (respuesta de la empresa prestataria) y de la resolución
nro. 1976/17 de este HCD.
ARTÍCULO 2°: Solicítese a la Comisión Nacional de
Comunicaciones arbitre los medios necesarios para darle una pronta solución a
esas faltas de servicio y ordene a la empresa Claro que compense a los usuarios
las tarifas indebidamente percibidas e indemnice los perjuicios ocasionados por
las infracciones cometidas, que generaron daños a las actividades personales,
laborales y comerciales de los vecinos, durante y después de producidas las fallas
e interrupciones del servicio.
ARTÍCULO 3°: De forma.
Daniela S, Lebed, concejal de Acción por Villarino.