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domingo, 9 de abril de 2017

EL TRIBUNAL DE CUENTAS APROBÓ LA RENDICIÓN DE CUENTAS DEL EJERCICIO 2015

Se aplican multas; amonestaciones y llamados de atención. 

El Honorable Tribunal de Cuentas es uno de los organismos de la Constitución.

Lástima, seguramente, que su funcionamiento, o como quiera llamársele, es anacrónico, tanto como el de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que impide la autonomía de las comunas que posibilitaría, sin duda, un mejor desenvolvimiento, sin tanta dependencia del centralismo bonaerense.

Pero son realidades a las que nunca, los que deberían, se animaron a ponerle coto, cambiando estructuras añejas, obsoletas y por eso perjudiciales.

De todas maneras, más tarde que temprano, el HTC ha dado su fallo sobre la rendición de cuentas del ejercicio 2015 del Municipio de Villarino.

Como se recordará, en su momento, el Honorable Concejo Deliberante rechazó ese instrumento que daba las señales sobre lo que se hizo durante el último año del período de gobierno de la doctora Patricia Cobello, aunque incluyendo, por lo que se aprecia, algo así como una veintena de días en los que el ejecutivo estuvo en manos del doctor Carlos Bevilacqua.

Lo cierto, o lo que importa, es el artículo primero del fallo que se conoció ahora:  Dice: “aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Villarino, ejercicio 2015, con arreglo a los libros y documentos examinados”.

El artículo segundo de la decisión señala: “aprobar el saldo de pesos veinticinco millones novecientos veinte mil setecientos treinta y ocho con veinte centavos ($ 25.920.638,20) que la municipalidad acuso al finalizar el ejercicio.

El tercero, en tanto, deja constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias  a las que el tribunal se ha referido en tres etapas de los considerandos.

Quizás pueda ser de mayor interés  el artículo cuarto del fallo. Resuelve aplicar multas a Patricia Anabela Cobello (10.000 pesos); Carlos Bevilacqua (8.000); Gabriela Silvina Castro (5.500); y Martín Masson (5.000 pesos), en la condición de intendentes los dos primeros; y contadores municipales en el segundo caso.

La misma determinación amonesta a Osvaldo Rollhauser (tesorero) y a Laura Trelles (responsable del sistema de personal).

Llama la atención,  por lo demás, a Luis Mario Antoniuk, Néstor Fabián Giambartolomei, Claudio Daniel Michetti, Ignacio Dallavía y Germán Bigi.

El fallo (20/2017) está suscripto por Gustavo Ernesto Fernández, Miguel Oscar Teilletchea y Eduardo Benjamín Grinberg; y rubricado por Ricardo César Patat. 


Los vericuetos técnicos a los que se alude en los considerandos de la resolución son eso, un laberinto, al que no sería adecuado prestarle atención desde aquí. Alguna vez, cambiarán las cosas e, incluso, se apartarán cuestiones administrativas de las que son políticas y sujetas a los momentos en que se analizan las rendiciones.