El Honorable
Concejo Deliberante, en sesión extraordinaria, desaprobó, este viernes (27), la
rendición de cuentas del ejercicio 2015, sometida a su consideración según el
asunto 10.687.
El dictamen de
mayoría, negativo respecto a dicho documento, tuvo 9 adhesiones; 6 votos en
contra; y una abstención. Por el contrario, por el despacho de minoría, se
manifestaron 6 votos a favor: 9 en contra; y,
también, una abstención.
En el dictamen aprobado
se formularon observaciones de distinto orden respecto de lo que fue el manejo
de la administración anterior durante el gobierno anterior, contenidas en el
siguiente despacho:
Médanos, 23 de mayo
de 2016.
Al Señor
Presidente del
Honorable Concejo
Deliberante
Del Partido de
Villarino
Don Luciano
Peretto Ithurralde
S/D.
Esta comisión de Hacienda
por mayoría, en relación al asunto número 10.687, Departamento Ejecutivo eleva
rendición de cuentas del ejercicio 2015:
VISTO:
El acta de transmisión
de la administración municipal suscripta el día 10 de diciembre de 2015 entre
la doctora Patricia A. Cobello y el doctor Carlos J. C. Bevilacqua.
La documentación
elevada y puesta a disposición por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Lo dispuesto por
la ley 10.869 en su art. 23.
Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a
la LOM corresponde al Honorable Concejo Deliberante examinar las cuentas de la
administración municipal, siendo un órgano de contralor interno.
Que la misión del
Honorable Tribunal de Cuentas es controlar la administración y gestión de los
recursos públicos para garantizar su adecuado uso, determinar responsabilidades
y prevenir cualquier irregularidad.
Que la
transparencia y la rendición de cuentas son conceptos que la ciudadanía
identifica como el ejercicio de su derecho a conocer, solicitar, cuestionar y
señalar sobre la información pública gubernamental, en posesión de cualquier
autoridad, entidad, órgano y organismo federal, provincial y municipal en
términos de lo previsto en la Constitución Nacional, Constitución Provincial y
la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Cualquier entidad de la administración pública, además de contar con mecanismos
de acceso a la información y procedimientos de revisión a través de medios
disponibles, deberá contar con información completa y actualizada de los
informes e indicadores de gestión y sobre el uso y manejo de los recursos
públicos. De esta forma la transparencia y la rendición de cuentas se han
convertido en elementos estratégicos coadyuvantes en el combate de la
corrupción. Cuando hablamos de transparencia, nos referimos al conjunto variable
de decisiones y acciones tendientes a revelar al público información sobre el
organismo, así como aquella información que por ley se debe colocar en los
espacios de acceso público.
En este caso, la
rendición de cuentas es la capacidad del Departamento Ejecutivo de justificar
legal y técnicamente sus actos, decisiones, inversiones y políticas públicas en
general, es decir, es un derecho complejo dado que no sólo constituye la
posibilidad de dar a conocer las justificaciones del actuar gubernamental, sino
que además es la circunstancia constitucional adecuada para que el ciudadano
conozca acabadamente el destino de la cosa pública.-
En resumen, ésta
es la instancia indicada por la ley para garantizar el acceso a la información,
transparentar la gestión pública gubernamental, rendir cuentas a favor de la
sociedad, etcétera.
Que el
presupuesto anual es la herramienta fundamental de la directriz que marca el
rumbo de la política pública que desarrollara el gobierno municipal, atendiendo
que el Presupuesto surge por aprobación del Honorable Concejo Deliberante,
cuerpo que representa a los ciudadanos del distrito de Villarino cumpliendo el
deber de otorgar al Departamento Ejecutivo la herramienta de gestión necesaria
para cumplir con objetivos y necesidades de todos los habitantes del Distrito,
pero sin olvidar que también es deber del Honorable Concejo Deliberante el
control de la ejecución de ese presupuesto, control delegado precisamente para
que la ciudadanía esté en conocimiento del desarrollo de las cuentas
municipales, cuentas que son públicas y abiertas a todos.
Que en ese
sentido, debe existir una armonía entre el presupuesto de gastos y el cálculo
de recursos, lo que debe dar por resultado una rendición de cuentas clara,
precisa y sin errores formales y éticos que puedan incurrir en sanciones o, lo
que es peor aún, que se vea comprometida la Municipalidad de Villarino en
cuestiones de desfinanciamiento e inmersa en temas legales; es decir la rendición
de cuentas es el resumen económico-financiero y ético de la ejecución anual de
los gastos y en esta oportunidad vemos con certeza y con absoluta tristeza, el
no cumplimiento de lo dicho anteriormente.
A. En ese
sentido, de la documentación analizada, existen varias objeciones
técnico-económicas al respecto:
1- El día
10/12/2015 fue firmada el acta de transmisión de la administración municipal de
Villarino en la cual se le hace entrega al doctor Carlos Bevilacqua de parte de
la documentación que establece el artículo 3 del Reglamento de las disposiciones
de administración de los recursos financieros y reales para los municipios
(RAFAM) creado por el decreto provincial 2980/00.
De dicha
documentación (según listado de ejecución de recursos afectados vs. gastos)
surge que el Fondo de Financiamiento Educativo al 10/12/2015 (de ejercicios
anteriores y actuales, rubros 17.5.01.44 y 35.1.01.61) posee un saldo de $ 9.891.019,60
mientras que en la certificación bancaria el mismo asciende a $ 791.445,66 lo cual
demuestra claramente su utilización para otros fines que no son los
establecidos por la ley.
Asimismo,
respecto a otros fondos afectados nacionales la diferencia más notoria se da en
(rendiciones al 10/12/2015):
* Programa
Construcción Jardín maternal Hilario Ascasubi (rubro 17.2.01.31) para el cual
se percibieron $2.445.840,27, de los cuales surge un saldo por el total
$2.445.840,27, ya que no se efectuó ningún pago.
* Construcción de
playones de uso escolar prioritario (rubro 17.2.01.28) donde ingresaron
$2.799.992,40, de los cuales se pagaron $753.805,36 y el saldo según sistema es
de $2.046.187,04;
* Construcción de
30 viviendas tuteladas (rubro 17.2.01.30) donde ingresaron $1.712.988,00 y se
pagaron $854.811,20, resultando un saldo según sistema de $858.176,80.
El saldo contable total de estos ítems
es de $5.350.204,11 y el saldo según certificaciones bancarias de los mismos es
de $56.607,60, es decir que se utilizaron más de 5 millones de pesos de fondos
nacionales para fines distintos a los que debieron utilizarse.
Consideramos de
extrema gravedad la utilización de fondos afectados para otros fines que fueron
redirecccionados a afrontar gastos corrientes, más cuando se trata de recursos que
debieron aplicarse para un fin tan sensible como lo es la educación.
2- Respecto de la
deuda flotante, al cierre del ejercicio el 31/12/2015, asciende a
$17.605.532,75 (libre disponibilidad) y $6.319.976,34 (afectada), lo que arroja
un total de $23.925.509,09.
Se advierten
$10.881.751,39 por deuda en gastos de personal y $13.043.757,70 por compras y
contrataciones con proveedores.
Cabe destacar que
posteriori a la transmisión de la administración municipal se siguieron devengando
gastos provocados por la administración anterior que incrementaron la deuda
flotante reflejada en ese acta del 10/12/2015 por una suma superior a los cinco
millones de pesos.
Dicha deuda, por
su composición y magnitud, repercutió negativamente en la economía del
distrito, mostrando la forma en que la administración anterior financiaba el
déficit de las cuentas públicas con la espera en el pago a los proveedores y
contratistas locales, no respetando la cancelación regular de sus obligaciones,
lo que provocaba indefectiblemente un deterioro en la situación
económico-financiera de los mencionados proveedores.
Los dos acápites
anteriores han sido algunos de los considerandos que determinaron que a través
del decreto 1184/2015 se procediera a decretar la Emergencia Económica,
Financiera, Administrativa Ambiental y en Seguridad del Municipio de Villarino,
aprobada por el Honorable Concejo Deliberante el 01/02/2016.
3- Todo lo antes
expuesto queda reflejado en el déficit económico que al cierre del ejercicio
fiscal 2015 arrojó (según memorias de contaduría) la suma de $-17.034.585,25.
Lo que sumado al saldo inicial al 01/01/2015 de caja y bancos, y restado el
pago de los servicios de deuda en concepto de autorización, arrojó un déficit
financiero de $-4.648.007,87.
Al igual que
cuando nos referimos posteriormente a la planta de personal, estos déficits no
hacen más que comprometer las arcas municipales para el normal desempeño –al
menos- en el corto y mediano plazo.
Asimismo refleja
el condicionamiento provocado a la nueva administración, en el esfuerzo que
significa regularizar esa situación no deseada.
4- En lo
referente a cuentas de terceros -fondos intangibles e indisponibles, de la
documentación obrante en la rendición de cuentas surgen diferencias entre el
dinero en la cuenta bancaria y lo reflejado en el sistema contable. Esa
diferencia asciende a $566.273,06 que tuvieron que ser repuestos por la nueva
administración.
5- En el
presupuesto 2015 fue aprobada una planta de personal de 912 trabajadores
municipales y la misma al 10/12/15 resultó ser de 1019 trabajadores, lo que
implica que ella se excedió en 104 trabajadores. De dicha planta más del 55% se
encontraba en una situación de absoluta precariedad laboral.
Es necesario
resaltar dos cuestiones. Por un lado, el exceso en la planta de personal
ejecutadas durante el ejercicio 2015, como veremos más adelante, no resulta ser
compensado con mayor recaudación o economías presupuestarias, que provocó un
desequilibrio económico-financiero y presupuestario de gran magnitud. Por otra
parte, esa planta, en su mayoría precaria, a partir de la vigencia de la ley
14.656 produce una situación de difícil resolución para el futuro inmediato a
partir de la necesidad de ir reduciendo gradualmente el estado de precariedad
con el consecuente impacto en los próximos presupuestos comunales.
6- Hemos podido
observar serias irregularidades en diversos expedientes de los cuales solo
citaremos algunos ejemplos:
- Expediente
2035/2015 “Secretario de Obras Públicas solicita llamado a licitación privada número
18/15-mano de obra-colocación de pisos en Polideportivo Club Social y Deportivo
de Hilario Ascasubi”. En este expediente se observa:
a) El contrato de
obra de dicho expediente (folio 75) se encuentra sin firmar por el contratista.
El acta de inicio de obra (folio 79) no presenta la firma del contratista y la
orden de pago Nº 8687 (folio 86) carece de la firma de la Secretaria de
Economía y Finanzas.
- El contrato de
ampliación del monto de obra (folio 95) carece de la firma del contratista. El
contrato de comodato de las instalaciones entre el Club Social y Deportivo de
Hilario Ascasubi y la DGCYE no se encuentra firmado por representantes de la
repartición provincial.
b) De la
observación de los suministros 6358, 6348, 6378, 6349, 6350, 6379, 6357 y 6377
se observan varias irregularidades en los procedimientos de compra mercadería,
los que fueron incorrectos.
De acuerdo con el
artículo 151 LOM (con las actualizaciones de monto dispuestas por resoluciones
respectivas del Ministerio de Gobierno de la provincia de Buenos Aires) para
las adquisiciones y contrataciones en forma directa se establece un tope de
monto de dinero determinado, superado dicho monto deberán efectuarse concurso
de precios, licitación privada o pública (según los montos).
En dicho
expediente, se observan contrataciones directas sucesivas con pocos días de
diferencia, donde se advierten que se han hechos varias compras directas para
evitar el concurso de precios o licitación privada.
Monto Suministro Fecha
$ 50.222,50 6348 20/11/2015
$ 52.406,50 6349 20/11/2015
$ 51.734,50 6350 20/11/2015
$ 31.600,00 6357 26/11/2015
$ 52.250,00 6358
$ 39.440,00 6377 04/12/2015
$ 52.406,50 6378 04/12/2015
$ 49.472,00 6379 04/12/2015
$ 379.532,00 TOTAL
La deuda total de
esos suministros asciende a la suma de $379.532, que de acuerdo a la
facturación presentada se dio en pocos días, entre el 20 de noviembre y el 4 de
diciembre de 2015, y fe de esto es el dictamen de asuntos legales sobre la
falta de firma de remitos de aceptación de mercaderías y facturas
correspondientes.
Por otra parte,
en el mismo expediente se presentaron facturas para el cobro pero ni ellas ni
los remitos están aceptados y firmados por el Municipio. Tampoco consta que
dicha mercadería haya sido recibida por la institución.
De todo lo
expuesto se advierte que se han efectuado procedimientos de compra incorrectos.
c) En el
expediente 2352/2015, Secretario de Obras Públicas – llamado a licitación
privada número 2352/2015 ref. a “construcción de pavimento asfáltico en la
localidad de Juan Cousté” se observan irregularidades en el procedimiento.
En efecto, se
llama a licitación privada número 20/15, autorizado por decreto 958/15 pero no
existió decreto de adjudicación y el contrato no estaba suscripto por la
intendente municipal.
d) En los
suministros del 2015 por bienes comprados en ese año con el Fondo Educativo
(suministros 400, 841, 990, 1020, 1021, 1228, 1566, 1688, 1750, 1973, 1984,
1756, 3013, 3396, 1750, 3559, 3777, 4051, 4740, 4808, 4790, 4875, 5148, 5759,
6154, 6146, 6165, 6164, 6162, 6161, 6159, 6158, 6178, 6183, 6184, 6163, 6143)
para la compra de distinto equipamiento para las distintas escuelas
solicitantes constan irregularidades ya que no hay constancias si la mercadería
se entregó, ni si ésta se recepcionó por la Institución. Son bienes que compró
el Municipio por un valor total en pesos $476.045,46 y, también se desconoce el
destino de todos esos bienes.
B. RESERVAS
POLITICAS. Son aquellas que entendemos como desacuerdo político entre lo
presupuestado /aprobado y lo realmente ejecutado, pero que no son argumentos de
desaprobación del presente, por conocer que el HCD no co-gobierna ni
co-administra, sino que realiza un seguimiento sobre las políticas públicas que
realiza el departamento ejecutivo.
1) En el área de
Desarrollo Social para el Programa CONVIVIR se presupuestaron $1.283.000 los cuales fueron aprobados por este concejo
y luego esos recursos se disminuyeron en $1.090.000 quedando disponible
$193.000 pesos de los cuales solo se comprometieron pesos $2.470 con lo cual
podemos inferir que dicho programa no fue ejecutado. Misma situación se observa
en el Programa Esfuerzo compartido.
2) En la
Secretaría de Desarrollo Económico se presupuestaron $350.000 para otorgar
préstamos a microemprendedores los cuales $195.361,01 fueron devengados,
$100.000 fueron disminuidos y los restantes $54.628,99 quedaron. Cabe aclarar
que para la entrega de esos emprendimientos existe una comisión especial que
debe reunirse y la misma solo se reunió una sola vez en los comicios pre-electorales, consecuentemente ha habido
escaso análisis de los proyectos asignados. y a esto se le suma que en el año
2014 dicha comisión no se reunió nunca por lo tanto no se entrego ningún
microemprendimiento.
3) En la
subsecretaria de seguridad en la partida 3.3.2.0. Mantenimiento y reparación de
vehículos se presupuestaron $ 500.000 que luego se disminuyeron en casi su
totalidad situación que provocó que en diciembre del 2015 debiera declararse la
emergencia en seguridad el día
22/12/2015 según decreto 1184/2015
debido al estado deplorable del parque automotor de la policía comunal.
4) En la
Secretaría de Obras Publicas se presupuestaron $500.000 para la construcción de
nichos, partida que posteriormente fue disminuida en su totalidad; situación
que hizo que ni bien asumiera el actual gobierno se encontrara en la situación
de construir inmediatamente los mismos que ya era un déficit en las localidades
de Hilario Ascasubi y Mayor Buratovich.
Los anteriores
han sido solo ejemplos de la ejecución que se le ha dado al presupuesto, se
pueden observar en casi todas las jurisdicciones cambios de partida que no se
corresponden con el lineamiento político que se había planteado en el
departamento ejecutivo en el presupuesto y que dicho cambio no responden a
situaciones de emergencia si no solo a cuestiones de índole política.
Que los
fundamentos políticos y económico-técnicos expuestos nos han llevado no solo a
no compartir la rendición obrante, sino además la de desaprobar la rendición de
cuentas del ejercicio 2015 de la Municipalidad de Villarino.
Que la
administración de los recursos públicos debe ser responsable, eficiente,
transparente y coherente con el objetivo primordial que debe tener todo gobierno, el cual es principalmente el
mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos.
Por todo ello,
esta Comisión de Hacienda por mayoría recomienda:
1- Desaprobar la rendición
de cuentas del ejercicio 2015 de la Municipalidad de Villarino, asunto número
10.687.
2- Solicitar al
Honorable Tribunal de Cuentas que de encontrarse hechos de tal naturaleza que
permitan el ejercicio de sanciones administrativas y/o penales comunique a este
cuerpo a fin de que el mismo realice las actuaciones pertinentes.
Es todo cuanto
informamos.
Antonio
Csssataro, Natalia Silva y Daniela Lebed, concejales.
Antonio
Csssataro, Natalia Silva y Daniela Lebed, concejales.