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sábado, 1 de julio de 2017

PIDEN QUE SE CONTRATE TRANSPORTE PARA TRASLADAR A UN NIÑO DE CHAPALCÓ



Para que pueda concurrir a la escuela. 

El bloque de concejales del Frente para la Victoria / Partido Justicialista presentó un proyecto de comunicación. 

Solicita al Municipio de Villarino que, de manera urgente, proceda a destinar dinero de la partida del Fondo de Financiamiento Educativo para la contratación de transporte y así pueda comenzar el ciclo escolar, un niño de Chapalcó.

EL PROYECTO

Médanos, 29 de junio de 2017.

Al Presidente del HCD de Villarino
Don Orestes Villalba
S/D

Nos es grato dirigirnos a usted, y por su intermedio al cuerpo que preside, a fin de elevar el siguiente proyecto de comunicación: 

"Solicitar al Municipio de Villarino que de manera urgente proceda a destinar dinero de la partida del Fondo de Financiamiento Educativo para la contratación de transporte y así pueda comenzar el ciclo escolar, un niño de Chapalcó". 

VISTO: 

La preocupante situación que atraviesa una familia de Chapalcó, donde su hijo quien es menor de edad por falta de respuestas concretas de organismos estatales no ha podido comenzar el ciclo escolar 2017. 

Y CONSIDERANDO: 

Que este bloque de concejales mantuvo conversaciones con la familia del alumno para interiorizarse sobre el tema.

Que el alumno en cuestión (del cual no se da el nombre para preservar su identidad) necesita recibir educación integral por las necesidades educativas especiales que presenta debiendo concurrir a la institución especializada.

Que por tal motivo debiera asistir a la escuela de la ciudad de Médanos, respetando su derecho a la educación de calidad.

Que la situación económica actual no hace posible que la familia pueda costear dichos viajes.

Que el derecho a una educación inclusiva y de calidad es un derecho universal e inherente a toda persona, donde todos los tratados y leyes internacionales lo establecen y reconocen.

Que el derecho a la educación se encuentra garantizado en nuestra Constitución Nacional en el Artículo 14 desde el mismo momento en que fue sancionada en el año 1853. Este derecho jamás fue puesto en duda ni fue separado de los preceptos fundamentales que dieron origen a nuestro país como Nación en ninguna de las reformas posteriores.

Que el  derecho a la educación conforma, actualmente, un derecho que se encuentra reforzado por la incorporación a nuestra Constitución Nacional de Convenciones y Tratados Internacionales, plasmados en el art. 75 inc. 22, que hacen al Sistema Internacional de Derechos Humanos.

Que la Ley Provincial 13.688 en el artículo 5 expresa: “La provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y la justicia social en el ejercicio de este derecho, con la participación del conjunto de la comunidad educativa.

Que la ley 26.206 sobre Educación Nacional hace mención en sus artículos 4 y 6 sobre la responsabilidad de la nación, las provincias y la ciudad autónoma de Buenos Aires de garantizar el derecho a la educación, como así también de los municipios como agentes naturales.

Que la ley Nacional 26.061 en su artículo 15 hace referencia al derecho de protección integral de niños, niñas y adolescentes con capacidades especiales, encontrando su referente en el Acuerdo Marco de la Educación Especial (1998) que establece como función de esta modalidad educativa: “Proveer a los alumnos con necesidades educativas especiales de las prestaciones necesarias para hacerles posible el acceso al curriculum, contribuyendo a que logren el máximo de su desarrollo personal y social...” “Promover y sostener estrategias de integración y participación de las personas  con necesidades educativas especiales en los ámbitos educativo, social y laboral.”

Que desde el año 2013 se modifica  la Ley N° 26.075 de Financiamiento Educativo para dar respuesta inmediata a problemáticas que ponen en riesgo la continuidad pedagógica de diferentes alumnos del Distrito.

Que al día de hoy esa responsabilidad de garantizar la educación a este niño en particular no es asumida por ningún órgano ni estamento de gobierno.

Que existe una clara violación al derecho del alumno de recibir educación integral, inclusiva, permanente y de calidad por parte del estado nacional, provincial y municipal por ser agente natural.

Que los padres del alumno han peregrinado desde el inicio del ciclo lectivo 2017 por todas las dependencias estatales y/o gubernamentales (Escuela N*57, Escuela N*501, Consejo Escolar, Concejales e Intendencia) con el fin de obtener una respuesta y  solución.

Que el estado municipal cuenta en la actualidad con dinero disponible para ser utilizado y poder garantizar el derecho que se encuentra vulnerado.

Que el presupuesto aproximado para darle solución hasta tanto la Dirección General de Escuela de la Provincia de Buenos Aires garantice el derecho, es de $1.200 por día que debería afrontar el municipio.

Que el niño necesita recibir la atención integral en la ciudad de Médanos dos veces por semana como mínimo.

Que la derogación total para garantizar la educación del niño equivale a la suma de 9.600 pesos mensuales aproximadamente trasladando al alumno y su acompañante desde Chapalcó hacia Médanos y viceversa.

Por lo expuesto este cuerpo de concejales solicita:

ARTÍCULO 1: Solicitar al Intendente Municipal que a través del área que corresponda disponga la utilización de partidas del Fondo de Financiamiento Educativo para la contratación de transporte y así garantizar el derecho a una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad a un niño de Chapalcó que aún no pudo comenzar el ciclo lectivo 2017 de la manera que su situación lo amerita.-

ARTÍCULO 2: De forma.