Se aplican multas; amonestaciones y llamados de atención.
El
Honorable Tribunal de Cuentas es uno de los organismos de la Constitución.
Lástima,
seguramente, que su funcionamiento, o como quiera llamársele, es anacrónico,
tanto como el de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que impide la
autonomía de las comunas que posibilitaría, sin duda, un mejor
desenvolvimiento, sin tanta dependencia del centralismo bonaerense.
Pero
son realidades a las que nunca, los que deberían, se animaron a ponerle coto,
cambiando estructuras añejas, obsoletas y por eso perjudiciales.
De
todas maneras, más tarde que temprano, el HTC ha dado su fallo sobre la
rendición de cuentas del ejercicio 2015 del Municipio de Villarino.
Como
se recordará, en su momento, el Honorable Concejo Deliberante rechazó ese
instrumento que daba las señales sobre lo que se hizo durante el último año del
período de gobierno de la doctora Patricia Cobello, aunque incluyendo, por lo
que se aprecia, algo así como una veintena de días en los que el ejecutivo
estuvo en manos del doctor Carlos Bevilacqua.
Lo
cierto, o lo que importa, es el artículo primero del fallo que se conoció
ahora: Dice: “aprobar la rendición de
cuentas de la Municipalidad de Villarino, ejercicio 2015, con arreglo a los
libros y documentos examinados”.
El
artículo segundo de la decisión señala: “aprobar el saldo de pesos veinticinco
millones novecientos veinte mil setecientos treinta y ocho con veinte centavos
($ 25.920.638,20) que la municipalidad acuso al finalizar el ejercicio.
El
tercero, en tanto, deja constancia del incumplimiento de las formalidades
legales y reglamentarias a las que el
tribunal se ha referido en tres etapas de los considerandos.
Quizás
pueda ser de mayor interés el artículo
cuarto del fallo. Resuelve aplicar multas a Patricia Anabela Cobello (10.000
pesos); Carlos Bevilacqua (8.000); Gabriela Silvina Castro (5.500); y Martín
Masson (5.000 pesos), en la condición de intendentes los dos primeros; y
contadores municipales en el segundo caso.
La
misma determinación amonesta a Osvaldo Rollhauser (tesorero) y a Laura Trelles
(responsable del sistema de personal).
Llama
la atención, por lo demás, a Luis Mario
Antoniuk, Néstor Fabián Giambartolomei, Claudio Daniel Michetti, Ignacio
Dallavía y Germán Bigi.
El
fallo (20/2017) está suscripto por Gustavo Ernesto Fernández, Miguel Oscar
Teilletchea y Eduardo Benjamín Grinberg; y rubricado por Ricardo César
Patat.
Los
vericuetos técnicos a los que se alude en los considerandos de la resolución
son eso, un laberinto, al que no sería adecuado prestarle atención desde aquí.
Alguna vez, cambiarán las cosas e, incluso, se apartarán cuestiones
administrativas de las que son políticas y sujetas a los momentos en que se
analizan las rendiciones.
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