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Carolina Pellejero Bloquie FpV/PJ |
Dos
proyectos de resolución presentados por la edil Carolina Pellejero y todo el
bloque de concejales del Frente para la Victoria / Partido Justicialista fueron
aprobados por unanimidad en la segunda sesión extraordinaria del Honorable
Deliberante, cumplida después de las 2 de la tarde.
Por
la primera, se adhirió al pedido formulado por el senador Federico Susbielles,
solicitando la ampliación de umbrales de consumo de gas natural, de 900 a 1700
m3, para la categoría R1, equiparándolos a los de Patagones y entendiendo que a
iguales temperaturas, iguales tarifas.
En
el segundo caso, se aprobó solicitar al Ministerio de Energía y Minería de la
Nación, que ejerza los controles correspondientes para que se cumpla la
resolución 19/E2016 que determina el precio máximo de referencia de las
garrafas de 10 kilos, en 97 pesos de venta al público. También se requiere
la intervención al Defensor del Pueblo
de la provincia de Buenos Aires.
ELEVAR
LOS UMBRALES DE CONSUMO DE GAS NATURAL
Villarino,
20 de marzo de 2017.
Sr.
Presidente
Honorable
Concejo Deliberante
Orestes
Villalba
Mediante
la presente, la concejal que suscribe, Carolina Pellejero y el Bloque de
concejales del Frente para la Victoria/ Partido Justicialista elevan a usted,
para su tratamiento, el siguiente proyecto de resolución:
Visto:
La
ley 24.076 que en su artículo 2°, inciso a) establece entre los objetivos de
regulación del transporte y distribución del gas natural que deben ser
ejecutados y controlados por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) con
el fin de proteger adecuadamente los derechos de los consumidores; y que en su inciso b) del mismo artículo
dispone que dicho organismo debe propender a una mejor operación,
confiabilidad, igualdad, libre acceso, no discriminación y uso generalizado de
los servicios e instalaciones de transporte y distribución de gas natural.
El
artículo 16 de la Constitución Nacional que consagra el principio de igualdad
ante la ley;
Y
Considerando:
Que
el informe Intergerencial GD/GRGC/GDyE/GAL N° 422/16, expediente Enargas N°
30543, del 26 de noviembre de 2016, toma una síntesis de inquietudes y
solicitudes originadas en la audiencia pública del 16/9/2016 y realiza un
estudio de comportamiento de los usuarios de gas, sustentando nuevos esquemas
de segmentación para determinadas zonas geográficas, entre las que se
encuentran la Subzona Bahía Blanca (de la que Villarino forma parte) y de 25
ciudades/localidades de la Subzona Buenos Aires (Olavarría, Azul, General. La
Madrid, Coronel. Suárez, Saavedra, Tornquist, Coronel Pringles, Coronel.
Dorrego, Monte Hermoso, Laprida, Benito Juárez, Gonzales Chávez, Tres Arroyos,
Tandil, San Cayetano, Necochea, Lobería, Ayacucho, Rauch, Balcarce, Alvarado,
Gral. Pueyrredón, Mar Chiquita, Puan y Adolfo Alsina. (dichas subzonas establecidas,
según decreto 181/2004 anexo I).
Que
el último 10 de marzo, se realizó la audiencia pública con el objetivo de
analizar el esquema tarifario y la segmentación para usuarios residenciales de
gas natural de distintas áreas geográficas, convocada mediante resolución MEyM
29-E/2017, y en la misma, el ministro de Energía de la Nación, Juan José
Aranguren, ha anunciado la modificación de la regulación vigente para elevar
los umbrales de consumo de la Subzona Bahía Blanca (que incluye a Villarino y
Coronel Rosales) y a las mencionadas 25 localidades de la Subzona Buenos Aires;
que a partir de esta modificación pasarán de 600 a 900 metros cúbicos para la
categoría R1.
Que
si bien, esta ampliación en los umbrales de consumo para nuestra zona (de 600 a
900 m3 para la categoría R1), mejora la situación en relación a los anteriores
períodos; en comparación con los habitantes del distrito de Patagones (que
poseen 1700 m3 para la categoría R1) resulta insuficiente en el sentido de la
“igualdad de trato a los iguales en igualdad de circunstancias” (Fallos CSJN
270:374; 271:320, 273:211, 274:334); puesto que los escasos 240 kilómetros que
separan a los usuarios de la “Distribuidora de Gas del Sur” de los de la
Subzona Bahía Blanca enmarcados en la “Distribuidora de Gas Pampeana” no son
suficientes para determinar una diferencia que doble los metros cúbicos, cuando
las temperaturas (“iguales circunstancias”) no resultan significativamente
distintas. A tal efecto cabe mencionar, que según datos del Instituto de Clima y
Agua del INTA, desde el 1 de mayo al 31 de octubre de 2016, las localidades de
la zona y de Villarino, al igual que la ciudad de Carmen de Patagones, tuvieron
entre 1250 y 1500 horas de frío.
Que
en concordancia con los fundamentos expuestos, el senador provincial Federico
Susbielles ha elevado un pedido formal al señor ministro de Energía y Minería
de la Nación, Juan José Aranguren, mediante expediente 3593387/2017
APN-DDYME#MEM, en el cual le manifiesta la necesidad de garantizar la igualdad
entre los consumidores del sudoeste de la provincia de Buenos Aires con los de
la región patagónica (Subzona Buenos Aires Sur), equiparando en 1700 metros
cúbicos el umbral de la tarifa R1 de gas, considerando principios de no
discriminación. Anexo II.
Que
también el diputado provincial Gabriel Godoy ha presentado el proyecto de
declaración D 528/17-18 solicitando al Poder Ejecutivo de la provincia de
Buenos Aires que, a través del organismo que corresponda, solicite al ministro
de Energía y Minería de la Nación, Juan José Aranguren, realice la
recategorización de los partidos de Bahía Blanca, Coronel Rosales y Villarino
como “zona fría”, en razón de sus características climáticas, a fin que los
habitantes de dichas localidades resulten beneficiarios de las tarifas
diferenciadas para consumo de gas natural.
Que
por su parte, en una entrevista al portal La Nueva.com del 13 de marzo del
corriente, la titular de la OMIC Bahía Blanca, Mercedes Patiño, manifestó:
“…tenemos que seguir luchando para conseguir algo que venimos pidiendo hace
tiempo, en cada audiencia pública a la que asistimos: igualar los beneficios
que tienen La Pampa y la Patagonia, por ser reconocidas como 'zona fría'” y que
“La Pampa fue incluida en la zona fría por una cuestión puramente política.
De
acuerdo a informes del Servicio Meteorológico Nacional y a otros con los que
contamos, está demostrado que en invierno vivimos situaciones de frío mayores a
las que atraviesa la provincia vecina. A ellos se los declaró zona fría por una
cuestión política, a nosotros se nos tendría que reconocer por un acto de
justicia”
Que
según datos del Censo Nacional 2010, 4.436 familias/hogares en Villarino son
usuarios de gas natural, muchos de los cuáles en el actual contexto de subas de
tarifas tuvieron que resignar el uso de sus equipos de calefacción ante la
imposibilidad de hacer frente a las facturas de gas, pese a encontrarse en una
zona con bajas temperaturas entre los meses de mayo a octubre.
Por
todo lo expuesto, ponemos a consideración del resto de los ediles, el siguiente
proyecto de resolución:
Art.
1°: Adherir desde este Honorable Concejo Deliberante, al pedido presentado
mediante expediente 2017-3593387 APN-DDYME#MEM del senador provincial Federico
Susbielles, ante el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, solicitando
elevar los umbrales de consumo para la Subzona Bahía Blanca (que incluye a
Villarino y Coronel Rosales) y 25 localidades de la Subzona Buenos Aires, a
1700 metros cúbicos para la categoría R1.
Art.
2°: Solicitar al Ministerio de Energía y Minería de la Nación, se revean las
categorizaciones propuestas para la Subzona Bahía Blanca (600-900 m3/R1),
equiparándolas a las de la Subzona Buenos Aires Sur (Patagones, 1700m3/R1).
Art.
3°: Comunicar la presente decisión a los Honorables Concejos Deliberantes de la
sexta sección electoral.
Art.
4°: De forma.
CONTROLES
SOBRE EL PRECIO DE LA GARRAFA SOCIAL
Villarino,
22 de marzo de 2017.
Sr.
Presidente
Honorable
Concejo Deliberante
Orestes
Villalba
Mediante
la presente, la concejal que suscribe, Carolina Pellejero y el bloque de
concejales del Frente para la Victoria/ Partido Justicialista elevan a usted,
para su
tratamiento, el siguiente proyecto de resolución:
Visto:
La
resolución 19 - E/2016, modificatoria de las resoluciones N° 49/2015 y N°
70/2015 de la Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos, en relación al Programa
Hogar, publicada en el Boletín Oficial el 27 de julio de 2016.
Que
la presente resolución fija los precios máximos de referencia para garrafas de
diez (10) kilogramos; doce (12) y quince (15) kilogramos de venta mayorista y
al público
Y
considerando:
Que
el programa Hogares con Garrafas (Hogar), fue creado por el decreto N° 470 de
fecha 30 de marzo de 2015 y su objetivo es establecer una política estatal de
inclusión social, para que los hogares de menores recursos -y sin gas de red-
accedan a la garrafa a un precio económico.
Que
en el distrito de Villarino, según datos del Censo 2010; sobre un total de
9.890 hogares, solo 4.436 (45%) tiene acceso a redes de gas natural y el 55%
restante debe utilizar otras fuentes alternativas, destacándose el uso de
garrafas en 4.721 hogares (el 47,8%)
Que
según datos del Instituto de Clima y Agua del INTA, desde el 1° de mayo al 31
de octubre de 2016, las localidades del sudoeste bonaerense donde se encuentra
Villarino, al igual que la ciudad de Carmen de Patagones, tuvieron entre 1250 y
1500 horas de frío.
Que
la compra de garrafas es para una parte importante de la población, la única
manera de acceso a fuentes de calor, imprescindible para poder afrontar los
meses de mayo a octubre cada año.
Que
en muchos casos, en la venta minorista en distintas localidades de Villarino
los precios para la garrafa de 10 kilos no son los establecidos por la
resolución 19 - E/2016.
Que
sólo en algunos comercios se encuentran garrafas de 10 kilos al precio de
referencia fijado, pero el stock en esos comercios no alcanza a cubrir la
demanda real.
Que
es reclamo de vecinos y vecinas de Villarino que no cuentan con acceso a gas
natural, la intervención del Estado en el control del cumplimiento de la
normativa establecida en la resolución 19 - E/2016.
Que
dado que los vecinos de Villarino no cuentan con entidades públicas o privadas
de defensa de los derechos del consumidor; y teniendo en cuenta el actual
contexto de suba de tarifas de servicios públicos, el alto incremento en
alimentos y combustibles que ha producido una caída del poder adquisitivo de
muchas familias; es necesario que el Estado en todos sus niveles, arbitre las
medidas necesarias para proteger a los vecinos de Villarino y garantizar el
acceso a las garrafas sociales al precio máximo de referencia fijado.
Por
todo lo expuesto, presentamos ante este Honorable Cuerpo, el presente proyecto
de resolucióm:
Art.
1°.- Solicitar al Ministerio de Energía y Minería de la Nación, arbitre las
medidas necesarias para efectuar o hacer efectuar, a través de la autoridad de
aplicación correspondiente, los controles sobre los precios máximos de
referencia establecidos para denominada “garrafa social”, en las localidades
del distrito de Villarino, en concordancia con lo establecido por la resolución
19 - E/2016 publicada en el Boletín Oficial el 27 de julio de 2016.
Art.
2°.- Remitir copia de la presente
resolución al Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires para su
conocimiento e intervención.
Art.
3°.- Comunicar la presente resolución al
Departamento Ejecutivo.
Art.
4°.- De forma.
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