Visto, el
proyecto de ordenanza, asunto 14.094, proyecto de ordenanza, expediente N°525/23, ¨Intendente interino municipal solicita declaración de emergencia económica
Ref. Ex 2023-00007197¨.
De acuerdo a lo esgrimido en el asunto número 14.094 supuestamente los ingresos provenientes de la coparticipación provincial sufrieron en estos primeros meses del año una merma significativa.
Que el Municipio
de Villarino tiene en su conformación de ingresos una marcada dependencia de
los provenientes de la provincia de Buenos Aires, siendo la coparticipación la
principal fuente de libre disponibilidad.
Que de acuerdo a
lo planteado por el intendente y los funcionarios municipales esta merma en la
coparticipación afecta la ejecución de los servicios básicos indispensables en
materia de conservación y limpieza de espacios públicos, mantenimiento y mejora
de los caminos rurales, servicios destinados a salud y servicios destinados a
seguridad.
Que de acuerdo a
lo planteado por el secretario de economía es imperioso adoptar todas las
medidas conducentes a fin de dar cumplimiento a las obligaciones comprometidas.
Que el intendente municipal anunció en su discurso inaugural medidas que se han tomado para
optimizar los recursos, todas afectando de manera directa el salario de los y las
trabajadoras municipales, pero ninguna sobre la planta política.
Que hubo recortes
en las horas extras de todos los trabajadores municipales, implicando, no sólo
una disminución en los servicios brindados a los vecinos, sino una importante
disminución en los salarios de dichos trabajadores.
Que de igual
manera se procedió a informar a comisiones de fiestas populares de nuestros
pueblos que no contarán durante este 2023 con el apoyo económico necesario por
parte del municipio para llevar adelante los eventos a los que estamos
acostumbrados.
Que la ordenanza
3940 del día 3 de enero de 2023, denominada “Ordenanza Complementaria",
establece en su artículo 2° las escala de sueldos de intendente, funcionarios municipales, funcionarios del Ente Municipal de Producción de la Municipalidad
de Villarino y concejales.
Que mediante el
decreto 391/2020 de fecha 11 de marzo de 2020 se declaró en Villarino el estado
de Emergencia Sanitaria, que luego fue prorrogado por decreto 490/2021, y en
ese estado de emergencia sanitaria se vieron aumentadas las equivalencias
salariales de la planta política del poder ejecutivo municipal.
Que el Cuerpo
Deliberativo hace años en común acuerdo con todos los bloques políticos ha
reducido la cantidad de dieta mínima a percibir por cada concejal de 3.5 como
máximo que establece la Ley Orgánica de las Municipalidades a 2.5, dejando a
libre disponibilidad del ejecutivo el porcentual cedido por cada concejal.
Que al igual que lo venimos planteando, en los años 2021 y 2022 en el tratamiento de la Ordenanza Complementaria, y hoy bajo esta supuesta emergencia económica, solicitamos que considere la modificación de la Ordenanza Complementaria 2023 planteando gestos hacia toda la ciudadanía con acciones concretas, retrotrayendo al año 2020 las equivalencias de los sueldos de sus funcionarios políticos.
A saber:
• Secretarios: de
3..5 a 3.0
• Subsecretarios: de 3.0 a 2.5
• Contador Municipal: de 3.5 a 3.0
• Secretario Privado: de 2.5 a 2.0
Que a su vez solicitamos se restringa al máximo el uso de vehículos oficiales, que los mismos sean utilizados sólo para tareas de la función, pero que de ninguna manera podrán ser utilizados para el traslado de la planta política desde el lugar de trabajo hasta sus domicilios particulares.
Que en caso de
que existan partidas destinadas al pago de cargos por exclusividad a
funcionarios políticos dejen de liquidarse.
* Que para declarar la emergencia económica en nuestro distrito en primer lugar necesitamos los gestos que demuestren tal situación, pero que no caigan sobre los más débiles que son los y las trabajadoras municipales recortando solo las horas extras laborales.
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Modificar la Ordenanza 3940/23 (Complementaria 2023) retrotrayendo al año 2020 las equivalencias de los sueldos de sus funcionarios políticos.
A saber:
• Secretarios: de
3..5 a 3.0
• Subsecretarios: de 3.0 a 2.5
• Contador Municipal: de 3.5 a 3.0
• Secretario Privado: de 2.5 a 2.0
ARTÍCULO 2°: Todo vehículo Oficial del Municipio de Villarino, después del uso diario, deberá permanecer en dependencia Municipal o en dependencias de instituciones, las cuales deberán estar vinculadas con el Municipio a través de acuerdos o convenios, quedando expresamente prohibido que los vehículos municipales permanezcan en domicilios particulares.
ARTÍCULO 3°:
Suspender provisoriamente, hasta diciembre de 2023, el pago de cargos por
exclusividad a funcionarios políticos del Municipio de Villarino.
ARTÍCULO 4°:
Prohibir hasta Diciembre de 2023 el nombramiento de nuevos funcionarios
políticos municipales en cualquiera de las áreas que conforman el gobierno
municipal.
ARTÍCULO 5°: De forma.
El proyecto lleva la firma de María del Valle Otero, Ignacio Dallavía y Fabián Marlia.
No, en cambio, las de Susana Velásquez y Carolina Pellejero.
Marca, sin decirlo, la división real en el bloque de concejales del Frente de Todos.

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